Bienvenidos a una nueva entrada del blog de Gestek, tu empresa biosafe especialista en nutrición animal, seguridad alimentaria y tratamiento de aguas en Lleida y Aragón. En el artículo de hoy os presentaremos los distintos tipos de piensos para ganado que aparecen en la legislación europea.
¿Qué es el pienso?
Según el Reglamento (CE) nº 178/2002, el pienso es “cualquier sustancia o producto, incluidos los aditivos, destinado a la alimentación por vía oral de los animales, tanto si ha sido transformado entera o parcialmente como si no”.
Así pues, el concepto de pienso parece englobar a cualquier producto que esté destinado a la alimentación animal.
¿Qué tipos de piensos existen?
El Reglamento 767/2009 aplica la siguiente definición de los distintos tipos de piensos:
Pienso compuesto: es la “mezcla de al menos dos materias primas para piensos, tanto si contienen aditivos para piensos como si no, para la alimentación de los animales por vía oral en forma de pienso completo o complementario.”
Pienso completo: se trata del “pienso compuesto que, debido a su composición, es suficiente para una ración diaria.”
Pienso complementario: es el “pienso compuesto con un contenido elevado de determinadas sustancias pero que, debido a su composición, no es suficiente para una ración diaria a menos que se utilice en combinación con otro pienso”.
Pienso mineral: es aquel “pienso complementario que contiene como mínimo un 40% de cenizas brutas”.
Pienso de lactancia: es el “pienso compuesto administrado en forma seca o tras su dilución en una cantidad específica de líquido para alimentar animales jóvenes como complemento o sustituto de la leche poscalostral, o para alimentar animales jóvenes destinados al sacrificio”.
Pienso destinado a objetivos de nutrición específicos: se trata del “pienso que puede satisfacer un objetivo de nutrición específico gracias a su composición o método de fabricación concreto, que lo distingue claramente de los piensos ordinarios”.
Otros piensos que aparecen en la legislación son:
Pienso medicamentoso: definido en el Real Decreto 1409/2009 como “toda la mezcla de premezclas medicamentosas y de piensos preparada previamente a su comercialización, y destinada a ser administrada a los animales sin transformación, en razón de las propiedades curativas, preventivas o de otras propiedades de las premezclas”.
Pienso ecológico: concretado en el Reglamento (CE) nº 834/2007. Es el pienso “compuesto de ingredientes procedentes de la agricultura ecológica y sustancias no agrarias naturales”.
Esta es la clasificación y definición de los distintos tipos de piensos de la legislación para la alimentación animal. Esperamos que el artículo te haya sido de utilidad.
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